Apoya a la Biblioteca (Art Bonus)

  1. Apoya a la Biblioteca (Art Bonus)

Art bonus

 

L’Art Bonus es una importante iniciativa en el ámbito de las disposiciones urgentes para la protección del patrimonio cultural, el desarrollo de la cultura y la reactivación del turismo, introducida por el Decreto Ley nº 83, de 31 de mayo de 2014, luego convertida con modificaciones en la Ley nº 106, de 29 de julio de 2014, y posteriormente convertida en permanente por la Ley de Estabilidad 2016, de 28 de diciembre de 2015, nº 208.
Se trata de un crédito fiscal para quienes realicen desembolsos liberales en efectivo en apoyo de la cultura y el espectáculo. Se trata, por tanto, de un importante instrumento de promoción y apoyo al mecenazgo en favor del patrimonio cultural de titularidad pública.
Quienes realicen donaciones liberales en metálico en apoyo de la cultura, tal y como establece la ley, podrán disfrutar de importantes beneficios fiscales en forma de crédito fiscal (a dividir en 3 tramos anuales del mismo importe). De hecho, el donante Art Bonus dispone de un crédito fiscal equivalente al 65% de la suma donada. Esto significa que podrá recuperar una gran parte del dinero donado, ya que sus impuestos se reducirán en una cantidad igual al 65% de su donación.

Donantes con derecho a la Bonificación por l’Art Bonus:

1) Personas físicas
2) Empresas
3) Entidades no mercantiles (entidades del Tercer Sector, asociaciones, fundaciones, empresas sociales no constituidas como sociedades anónimas o cooperativas. Por ejemplo, fundaciones bancarias)

Procedimientos para la utilización de l’Art Bonus:

1) Las personas físicas y entidades que no desarrollen una actividad empresarial se benefician de l’Art Bonus en su declaración del IRPF.
2) Los titulares de rentas empresariales se benefician de l’Art Bonus en la compensación.

Procedimientos para la utilización de l’Art Bonus:

1) Las personas físicas y entidades que no desarrollen una actividad empresarial se benefician de l’Art Bonus en su declaración del IRPF.
2) Los titulares de rentas empresariales se benefician de l’Art Bonus en la compensación.

Detalles de la donación:

BENEFICIARIO: Biblioteca Casanatense di Roma
IBAN: IT71L0100003245BE000001MJ
CAUSA: Art Bonus – Biblioteca Casanatense di Roma – Biblioteca Casanatense – Código fiscal o CIF del mecenas – Nombre de la intervención (opcional)
Para transferencias desde el extranjero (extra UE) el código BIC es: BITAITRRENT

En el sitio Art Bonus, en la página dedicada a la Biblioteca Casanatense (https://artbonus.gov.it/213-biblioteca-casanatense.html), puede ver las intervenciones para las que se recaudan fondos actualmente y elegir a cuál de ellas desea apoyar

Para más información, consulte el sitio web de donaciones Art Bonus en https://artbonus.gov.it, o póngase en contacto con la persona de contacto de la Biblioteca el Dr. Massimiliano Albanese a la siguiente dirección massimiliano.albanese@cultura.gov.it